Corpus
Modo: Corpus Pro

MUJER CASADA, CAPACIDAD DE LITIGAR DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 385604 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 701

En los términos del artículo 195 del Código Civil, la mujer mayor de edad no necesita licencia del marido ni autorización judicial para litigar con éste y con un tercero, y no tiene por tanto necesidad del permiso de su esposo ni de autorización judicial; y además, en los términos del artículo 197 del propio Código Civil, la nulidad de actos de la mujer, fundada en la falta de licencia judicial o marital, sólo por ella puede oponerse, por el marido o por los herederos de ambos, y el marido no puede oponerla cuando, ratifica tácitamente los hechos de su mujer al contestar la demanda.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385604-91f03022/mujer-casada-capacidad-de-litigar-de-la-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 863/49. Alvarado Crispín. 19 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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