ESCRITURAS, FIRMAS EN LAS.
El hecho de que con posterioridad a la fecha de una escritura en la que una de las partes no firmó, por haber declarado que no sabía hacerlo, aparece que dicha persona sí sabía firmar, no quiere decir que supiera hacerlo en la fecha de tal otorgamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385951-ac9a900c/escrituras-firmas-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1060/50. Mansur viuda de Richo María. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
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