PROPIETARIOS QUE NECESITAN OCUPAR LA CASA ARRENDADA.
El hecho de no ser propietario de otra casa, sino de aquella cuya desocupación se demanda, es ciertamente indicio o principio de prueba de que existe la necesidad de que el propietario la habite, pero ese indicio debe robustecerse con otras pruebas orientadas a demostrar que el propietario necesita mudar su residencia, por no poder satisfacer de otro modo sus necesidades personales y familiares de habitación, y que la casa de su propiedad es la idónea para satisfacer tales necesidades, y no comprobado ninguno de estos elementos, es improcedente su acción para demandar la desocupación de una casa dada en arrendamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385961-6b0a5fcc/propietarios-que-necesitan-ocupar-la-casa-arrendada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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