NULIDAD ACCION DE.
Declarado que la acción para anular un juicio se funda en que el procedimiento se siguió fraudulentamente en perjuicio de un tercero, la reconvención entablada por el poseedor del bien, materia del juicio de nulidad, es improcedente cuando no se demuestra dolo o colusión de los contendientes en el procedimiento, cuya nulidad se pretende por vía reconvencional, ya que la acción de nulidad sirve sólo para corregir actos nulos e injustos, pues los válidos e injustos se corrigen por otros medios, y los nulos y justos no se corrigen, pues quedan legitimados por su propia justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386014-8609162d/nulidad-accion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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