TESTIGOS, FUERZA DE LOS.
El dicho de dos testigos no puede dejar sin efecto un contrato que es legalmente válido y, por tanto, no se viola garantía alguna al no dar valor probatorio a dicha prueba testimonial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386387-26e3fede/testigos-fuerza-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 9319/50. Tenorio Galdino. 29 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
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