Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRESCRIPCION. TERMINO PARA EFECTUAR DESCUENTOS EN LOS SALARIOS DE LOS TRABAJADORES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 800085 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 507

El artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo, establece que prescriben en un mes las acciones de los patrones para efectuar descuentos en los salarios de los trabajadores, y la fracción II, párrafo primero, del propio precepto, señala que la prescripción corre a partir de la fecha en que la deuda sea exigible. Sin embargo, cuando se rescinde la relación laboral, dejando pendiente el trabajador determinada deuda, el término de la prescripción no es el de un mes a que alude el invocado artículo 517, sino el de un año que establece el artículo 516 de la misma codificación, porque es evidente que el patrón ya no está en condiciones de efectuar descuentos en el salario.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800085-b42f48a3/prescripcion-termino-para-efectuar-descuentos-en-los-salarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2381/87. María Téllez Hidalgo. 14 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Jorge Octavio Velázquez Juárez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis