PRUEBAS, OMISION DE SU ESTUDIO.
La soberanía que a las Juntas concede el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo no las autoriza para omitir el estudio de las pruebas aportadas a los autos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800911-217dcb22/pruebas-omision-de-su-estudio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1116/59. José Caballero Reyna. 11 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
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