REIVINDICACION. IDENTIFICACION DEL PREDIO.
La diferencia de superficie que aparezca entre el título presentado por el actor y el presentado por el demandado, según el cual adquirió, no implica que se trate de un predio distinto, si la identidad existe porque el inmueble está identificado perfectamente ad corpus.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801219-003ab7fe/reivindicacion-identificacion-del-predio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3087/57. José Asaad. 18 de febrero de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
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