DROGAS ENERVANTES, POSESION DE. TOXICOMANOS.
Aun en el supuesto de que hubiera quedado evidenciada la afición a la marihuana por parte del acusado, debe destacarse que la ley exime de pena a los poseedores de enervantes, pero tratándose de cantidades propias para el consumo del vicioso, y si en la especie la yerba recogida era en cantidad que no es racionalmente adecuada para la propia satisfacción, no se surten las exigencias legales correspondientes, concluyéndose de lo anterior que estuvo en lo justo el Magistrado del Tribunal Unitario de Circuito al considerar culpable al aludido acusado, sin perjuicio de que sea puesto a disposición de las autoridades sanitarias, por cuanto a que se demostró la calidad de vicioso adicto a estupefacientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801297-58400e09/drogas-enervantes-posesion-de-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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