DROGAS ENERVANTES, POSESION DELICTUOSA DE.
Aun estimando que el acusado se inyectaba con frecuencia la droga, queda en pie, para condenarlo, el razonamiento del Tribunal responsable en el sentido de que el acusado no justificó que la posesión de una cantidad considerable de enervante, como se le encontró, fuera exclusivamente para su uso personal, que tuviera necesidad de poseer una cantidad tan grande de droga, lo que hace suponer que la destinaba, además, para otros usos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295740-53329bbf/drogas-enervantes-posesion-delictuosa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3257/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, la publicación no menciona el nombre del promovente. 1o. de abril de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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