DROGAS ENERVANTES, POSESION DE. TOXICOMANOS.
Si la cantidad de droga que se encontró en poder del acusado, resulta excesiva, no puede admitirse lógicamente que estuviese destinada solamente al consumo del poseedor, máxime si la Policía Federal de Narcóticos descubrió la existencia de la droga, por haber tenido conocimiento de que el acusado la vendía en su domicilio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262504-06fad1d3/drogas-enervantes-posesion-de-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2190/59. Francisco Verduzco Zamudio. 27 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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