DROGAS ENERVANTES. TOXICOMANOS.
Cuando las substancias o drogas enervantes se recogen en cantidad adecuada a las necesidades normales de un toxicómano, sin visos por lo mismo de finalidades de tráfico, la posesión no integra el delito contra la salud, y en consecuencia las autoridades deben decretar la libertad del procesado, sin perjuicio de ponerlo a disposición de las autoridades sanitarias para su curación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262312-6b9b75f7/drogas-enervantes-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3733/59. Pablo López Velázquez. 25 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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