SUCESIONES, BIENES DE LAS.
La declaración de heredero y su designación como albacea de una sucesión, en manera alguna prueba la propiedad o posesión de un inmueble por parte de dicha sucesión, si no se prueba que al morir el de cujus fuera propietario o poseedor en derecho del aludido bien, ni que después la sucesión hubiera adquirido la propiedad o posesión del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801440-33bda161/sucesiones-bienes-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1137/57. Sucesión de Aurelio Valero. 3 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
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