SENTENCIA DE AMPARO, INMUTABILIDAD DE LA.
La sentencia puede ser considerada como acto jurídico de decisión y como documento: la sentencia, acto jurídico, consiste en la manifestación de voluntad de los Jueces, Magistrados o Ministros, en ejercicio de sus atribuciones y de sus deberes, en el sentido de determinada solución; en tanto que la sentencia documento constituye tan sólo la representación del acto jurídico de decisión a que se ha hecho mérito; de tal manera que la sentencia documento es sólo la prueba de la resolución, no su sustancia jurídica, el retrato, no la persona. De ahí que el principio de la inmutabilidad de la sentencia sea aplicable, única y exclusivamente a la sentencia como acto jurídico y no al documento que la representa; y como es deber del tribunal sentenciador, aun tratándose de una Sala de la Suprema Corte de Justicia, la exacta concordancia y armonía entre la sentencia documento y la sentencia acto jurídico, en cumplimiento de tal deber debe corregirse el error que se haya cometido en la sentencia documento, en la que se haya hecho constar que se concedió el amparo contra un determinado grupo de la Junta de Conciliación y Arbitraje, cuando en realidad fue otro grupo de la misma Junta el señalado como autoridad responsable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801676-0980f47c/sentencia-de-amparo-inmutabilidad-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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