PERITOS DE TRANSITO.
Los peritos de tránsito no deben opinar sobre la culpabilidad, ya que ello sólo debe hacerlo el juzgador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801909-4f1f488c/peritos-de-transito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4121/59. Salvador Pacillas Quintero. 1o. de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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