DROGAS ENERVANTES. PRUEBA PERICIAL.
Si el peritaje afirmativo de ser marihuana la yerba recogida en la casa habitación del reo, fue emitido por un doctor que es jefe de una unidad de salubridad y asistencia, la objeción de que no presentó su cédula profesional, debe tenerse como totalmente infundada, dado que el perito tiene carácter oficial por el puesto que ostenta, y más si el reo ninguna impugnación hizo sobre el particular en el proceso, ni tampoco usó de su derecho que le confiere el artículo 222 del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual establece que cada una de las partes tendrá derecho a nombrar hasta dos peritos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802310-9b181283/drogas-enervantes-prueba-pericial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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