CONTRATO DE TRABAJO, LAS CARACTERISTICAS QUE SURGEN EN LA PRESTACION DE SERVICIOS, DETERMINAN EL.
La existencia de un contrato civil no puede por sí misma excluir la relación jurídica de índole laboral, ni puede impedir que ésta se configure, por lo que, independientemente del acto celebrado entre las partes, debe atenderse a las características que surgen a través de la prestación de servicios, para que, si éstas quedan comprendidas dentro de lo previsto por el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, se apliquen las disposiciones de este ordenamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802479-806e6112/contrato-de-trabajo-las-caracteristicas-que-surgen-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3339/64. Marcelo de la Cueva y Foucade. 1o. de febrero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
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