FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.
Siendo las compañías afianzadoras parte en el procedimiento penal, cuando el Juez de la causa ordena la presentación del fiado, dichas compañías están en aptitud de interponer los recursos que procedan, si estiman que las acciones derivadas del contrato de fianza se encuentran ya prescritas, y si no lo hacen, consienten todo lo actuado por el aludido Juez Penal, así es que, en el procedimiento administrativo, no puede ser materia de controversia lo que precluyó para las aludidas compañías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802580-a210113e/fianzas-penales-prescripcion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 296/57. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 23 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco Carreño.
Jurisprudencia relacionada
- FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS. (s/clave)
- FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE. (s/clave)
- FIANZAS PENALES. PRESCRIPCION ANTE EL TRIBUNAL FISCAL. (s/clave)
- FIANZAS. PRESCRIPCION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- FIANZAS PENALES. PRESCRIPCION ANTE EL TRIBUNAL FISCAL. (459)
- FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis