DICTAMEN. EL HECHO DE QUE NO SEA FORMULADO POR EL AUXILIAR DEL GRUPO ES UNA VIOLACION QUE NO CAUSA PERJUICIO ALGUNO AL QUEJOSO.
Si un dictamen fue discutido y aprobado, y el laudo aparece dictado por los integrantes de la Junta, la circunstancia de que el dictamen haya sido formulado por funcionario distinto del auxiliar del Grupo correspondiente constituye una violación que no causa perjuicio alguno al agraviado, toda vez que es dicho laudo el que puede causar agravio y no el aludido dictamen, ya que éste es un simple proyecto de resolución que queda sujeto a la aprobación de los miembros de la Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802776-2a173208/dictamen-el-hecho-de-que-no-sea-formulado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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