CONFESION, VALOR PROBATORIO DE LA.
La prueba confesional sólo tiene valor probatorio en cuanto perjudica a la parte que absuelve las posiciones que se le formulan, o en otros términos, sólo tiene validez en aquellos aspectos en que se reconoce la existencia de un hecho que interesa demostrar a la contraria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802860-f5278379/confesion-valor-probatorio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1871/57. María Dolores Santillán. 13 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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