Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ACCION CAMBIARIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 803146 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 9

No son necesarios para su ejercicio, ni la prueba de haberse presentado el título al deudor, para su pago, precisamente el día del vencimiento, ni tampoco haber dejado transcurrir el plazo del protesto, puesto que este tampoco es necesario tratándose de la cambiaria directa. La presentación de un pagaré para su pago en la fecha de su vencimiento, es sólo una necesidad impuesta por la incorporación propia de los títulos de crédito, que reconocen los artículos 17, 126, 127 y 129 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y que se traduce en la obligación de exhibir y devolver el título de crédito al obtener su pago; pero ello no quiere decir que para el ejercicio de la acción cambiaria directa, sea una condición necesaria procesalmente, que el título haya sido presentado para su pago precisamente el día de su vencimiento y que deba presentarse una constancia de ello, ya que tratándose de la acción cambiaria directa, el tenedor de un título de crédito no está obligado a levantar el protesto ni a exhibir constancia de haberlo presentado primeramente y de que no le fue pagado; por lo que basta para tener por satisfecho el requisito de incorporación propia de los títulos de crédito, con que el actor adjunte el título a su demanda inicial y se presente al demandado al ser requerido de pago, pues ello prueba fehacientemente que dicho título no ha sido pagado, ya que, de lo contrario, no estaría en poder del actor.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803146-011db994/accion-cambiaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4144/58. Mauro Mendoza. 19 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis