PARTICIPACION DELICTUOSA.
En la participación delictiva no se requiere que el acuerdo para cometer el delito sea necesariamente anterior al mismo, ni siquiera que sea expreso, pues puede tratarse de un acuerdo concomitante al hecho y de naturaleza tácita entre los participantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803160-6d7cb064/participacion-delictuosa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2804/78. Miguel Navarrete Llanes. 29 de febrero de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 89 y 90 y sus relacionadas, páginas 192 a 198.
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