RIESGOS PROFESIONALES, CUANDO COMIENZA A CORRER EL PLAZO PARA LA PRESCRIPCION TRATANDOSE DE.
Tratándose de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales el plazo para que prescriba la acción de pago de las respectivas indemnizaciones, debe comenzar a correr a partir de la fecha en que se califique, de manera definitiva, el grado de incapacidad que haya quedado al trabajador con motivo del accidente o enfermedad profesional de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803196-cd64bd72/riesgos-profesionales-cuando-comienza-a-correr-el-plazo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3395/64. Elisa Prado Gaona. 21 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
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