TRIBUNAL FISCAL, FACULTADES DEL.
Dentro de la facultad jurisdiccional que corresponde a las Salas del Tribunal Fiscal, está la de invocar las leyes, doctrinas y precedentes aplicables para decidir las cuestiones enjuiciadas ante su autoridad, por la que la cita de un artículo del Código Fiscal de la Federación no entraña, violación alguna, aunque no haya sido invocado por la parte actora.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803847-eba919e6/tribunal-fiscal-facultades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 339/53. Subdirector Fiscal de la Federación y el Procurador Fiscal del Distrito Federal ("Alcázar Hnos.", S. en N. C.). 24 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
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