TRIBUNAL DE ARBITRAJE, AUSENCIA DE FORMALIDADES EN LAS PROMOCIONES ANTE EL.
Si el trabajador manifiesta terminantemente que los actos delictuosos que se le atribuyen no fueron cometidos por él, su afirmación es suficiente para que se tengan por negados los hechos en que el titular quejoso se funde al pedir la autorización de cese, sin que sea requisito indispensable que la excepción relativa se oponga en forma sacramental alguna, pues de conformidad con el artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo, aplicado supletoriamente, es suficiente que se precisen los puntos petitorios y los fundamentos de los mismos, para que las promociones sean correctas, sin necesidad de que éstas tengan forma determinada alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804196-eed15bc1/tribunal-de-arbitraje-ausencia-de-formalidades-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROMOCIONES, FORMA DE LAS. (s/clave)
- TRABAJO, AUSENCIA DE FORMALIDADES EN EL PROCEDIMIENTO DE. (s/clave)
- PROMOCIONES ANTE LAS JUNTAS, FORMA DE LAS. (s/clave)
- TRABAJO, FORMULISMO DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL PROCEDIMIENTO DE. (s/clave)
- TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS. (s/clave)
- DEMANDA LABORAL. SI EL PATRÓN PROMUEVE AMPARO CONTRA EL LAUDO POR NO PRECISAR EL TRABAJADOR LAS CIRCUNSTANCIAS DEL DESPIDO, DEBE DECLARARSE FUNDADA SU VIOLACIÓN PROCESAL Y ORDENARS (IX.2o.21 L )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis