TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION EN LOS CASOS DE REINSTALACION.
La acción de los trabajadores al servicio del Estado para exigir la reposición en el puesto del que fueron cesados, prescribe en el término de un año, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Estatuto Jurídico, precepto que consigna la regla general de prescripción, y no en el término de un mes que señala la fracción III del artículo 87 del mismo ordenamiento, dado que esta fracción se refiere a las acciones para exigir indemnización, y no es lícito, por analogía, o por mayoría de razón, hacer extensivo dicho término a otras acciones diversas a las señaladas específicamente en el artículo 87 del Estatuto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804220-0804b054/trabajadores-del-estado-prescripcion-en-los-casos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS (NO ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis