RIÑA, PROVOCADO EN LA. (TESTIGOS).
Si el testigo no dice cuál fue la causa de la rivalidad existente entre el lesionado y el acusado, de su dicho no puede desprenderse si éste fue provocado o provocador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804275-cf6498a0/rina-provocado-en-la-testigos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 927/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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