COPIAS PARA EL AMPARO.
Debe sobreseerse en el amparo cuando el quejoso no solicita previamente a la presentación de la demanda, copia certificada de la sentencia reclamada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804574-c8895c01/copias-para-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 198/53. Reynoso Leobardo. 2 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos el primer punto resolutivo. Mayoría de tres votos en el segundo. El Ministro Gabriel García Rojas no votó por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Agustín Mercado Alarcón. Relator: Rafael Rojina Villegas.
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