QUINCE POR CIENTO AD VALOREM, AMPARO EN CONTRA DEL.
El decreto que fija el 15% ad valorem, no es de aplicación automática, pues se requiere que, hecha la exportación, la autoridad aduanal formule la liquidación correspondiente y aplique, en su caso , la cuota de la sobretasa. Por tanto, la oportunidad para reclamar dicho decreto es a partir del momento en que se fije el tributo y no antes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805320-89dd7ac9/quince-por-ciento-ad-valorem-amparo-en-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 609/51. Mexican Fibre, S. A. 10 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CVI, página 1863. Mexican Fibre Co., S.A. 24 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
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