SENTENCIAS.
Si los argumentos dados en la sentencia reclamada respecto a la valoración de las pruebas, no satisfacen al quejoso, mientras no muestre que ellos condujeron a una resolución ilegal, no puede estimarse que le causen agravio, puesto que es la parte resolutiva de la sentencia la que le puede perjudicar y no los argumentos de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805527-a4ec2c0e/sentencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3964/46. Garduño Velarde Angel. 14 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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