DESISTIMIENTO DEL AMPARO, RATIFICACION DEL ESCRITO DE.
La ratificación del escrito de desistimiento, tiene por objeto evitar los graves perjuicios que puede acarrear el sobreseimiento del juicio de garantías, bien porque se trate de un desistimiento erróneo, o porque no exista, por no tratarse de escrito del interesado; por lo que los Jueces de Distrito mandan ratificar el escrito de desistimiento; práctica cuyo apoyo reconoce implícitamente la fracción III del artículo 30 de la Ley de Amparo; y si en vez de obtenerse la ratificación del escrito de desistimiento, el interesado manifiesta que no se desiste, no existe disposición legal que le impida dejar sin efecto, de propia voluntad, su desistimiento, siempre que no haya sido admitido, y el Juez de Distrito, estuvo en lo justo al proveer el auto combatido en el que ordena agregar el escrito del quejoso en el amparo, teniendo por hecha la manifestación en un escrito posterior al que anteriormente había presentado, de que no se desistía del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805890-30809a0c/desistimiento-del-amparo-ratificacion-del-escrito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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