MILITARES, PENSIONES A LOS, RECURSO EN CASO DE INCONFORMIDAD.
Cuando se reclama la determinación de la antigüedad de un militar, por cuanto acepta la cuota de la pensión que se le señala, dicho militar debe de agotar el recurso establecido en el artículo 7o. de la Ley de Depuración de Créditos a Cargo del Gobierno Federal, ya que lo que en realidad se reclama, es el importe de la pensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806431-da3738ff/militares-pensiones-a-los-recurso-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5705/46. Uribe y Mendoza Milton. 2 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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