TESTIGOS EN EL PROCESO.
Con los testigos que presentó el denunciante, no puede tenerse como acreditada la certeza de un hecho, si ninguno de ellos fue presencial del mismo, sino que sólo lo conocieron posteriormente, porque se los refirió dicho denunciante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806689-eb51bc94/testigos-en-el-proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8144/45. Guardiola Nocetti Alejandro. 9 de mayo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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