VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
Para la existencia de la calificativa de ventaja, se requiere que el victimario tenga perfecta noción de que al agredir, ningún peligro corre en su persona, ya sea por la superioridad física o numérica que le favorezca, ya porque sepa a ciencia cierta que el ofendido se encuentra inerme e imposibilitado de toda defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806699-df31375d/ventaja-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2022/43. González Nicolás y coagraviado. 11 de mayo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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