TRABAJO, CONCEPTOS DE VIOLACION DEFICIENTES EN LOS AMPAROS EN MATERIA DE.
Si en uno de los conceptos de violación expresados por el quejoso, no se impugna el razonamiento empleado por la Junta responsable, para obtener la conclusión combatida en dicho concepto, la Suprema Corte de Justicia no puede suplir la deficiencia de la queja, dado que el juicio de amparo es de estricto derecho y consiguientemente, sólo han de decidirse las cuestiones planteadas por el agraviado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807418-00d261d3/trabajo-conceptos-de-violacion-deficientes-en-los-amparos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9336/42. Miranda López Luis. 10 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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