PROPIEDAD DE INMUEBLES, PRUEBA DE LA.
La propiedad de los inmuebles sólo se justifica con las inscripciones que constan en el Registro Público de la Propiedad, y no con las que aparezcan en el padrón de fincas urbanas que lleve una oficina de hacienda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807557-37664440/propiedad-de-inmuebles-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7642/43. Cervecería Moctezuma, S. A. 6 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
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