PERMISO DE RUTA.
Para que el ejercicio de una actividad sea lícito, es necesario que se llenen los requisitos legales; lo que no sucede cuando se carece del permiso de ruta a que se refiere el artículo 48 de la Ley de Vías Generales de Comunicación y se reclama la suspensión de la explotación de un camión de pasaje y de carga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808233-e18b631b/permiso-de-ruta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3855/43. González Leal Leopoldo. 27 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.
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