PERMISO DE RUTA.
Para otorgar un permiso de ruta, es preciso que se elabore un plan general que responda a las necesidades de la economía, que se haga del conocimiento público el programa correspondiente de trabajos, y que las autoridades ejecutivas, al conceder el permiso de ruta, se basen en un estudio previo y concreto hecho por la comisión técnica consultiva sobre el número de vehículos que deben prestar el servicio en la ruta, de suerte que no sea superior a la capacidad de ésta ni inferior a las exigencias de los intereses generales. Si no se cumplen todos esos requisitos, se viola el artículo 8o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816834-af945068/permiso-de-ruta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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