FIADOR EN EL AMPARO.
Basta con que el fiador exhiba el certificado del Registro Público de la Propiedad, que compruebe la inscripción en esa oficina, de una operación traslativa de dominio, hecha con vista del testimonio de la escritura respectiva, y el certificado del catastro, en que se declare el valor fiscal de la finca del fiador, para que se tenga por probada la idoneidad de éste, aun cuando no presente precisamente la escritura.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809766-c46d400c/fiador-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 123/28. Suárez Policarpo. 31 de octubre de 1928. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo, Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada, Francisco M. Ramírez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO, PARA CALIFICARLA BASTA EL CERTIFICADO DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO, IDONEIDAD DEL. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis