ALBACEAZGO.
El cargo de albacea acaba, entre otras causas, por el término natural del mismo, por lo que la remoción de quien lo desempeña, fundándose en esa causa, es legal y no viola garantía alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809786-a43283c1/albaceazgo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2478/29. Escobar Agustina. 7 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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