SENTENCIAS.
Es un principio de derecho, universalmente reconocido, que las sentencias sólo deben ocuparse de las acciones deducidas y de las excepciones opuestas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809802-0b96b57e/sentencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2867/22. Palomino Anselmo. 12 de enero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vázquez del Mercado y Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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