AGRAVIOS.
No pueden tenerse como agravios en la revisión, las violaciones que no fueren reclamadas en la demanda de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810048-b73c004f/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2548/26. Compañía Industrial de Hilados y Tejidos de Algodón "La Fe", S. A. 4 de mayo de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AGRAVIOS EN LA REVISION. (s/clave)
- AGRAVIOS EN REVISION. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA REVISION. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA REVISIÓN INATENDIBLES.- (30)
- AGRAVIOS EN LA REVISION INATENDIBLES. (31)
- AGRAVIOS EN LA REVISIÓN INATENDIBLES. (1106)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis