EDIFICIOS.
En los casos de dotación de ejidos, deben dejarse a salvo los derechos del propietario, respecto de los edificios existentes en las tierras, materia de la dotación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810768-0aeb3cda/edificios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XV, página 1458. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1830/24. Mora Enrique de la. 12 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XV, página 65. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3331/23. Romero Francisco. 4 de julio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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