ACCION CIVIL.
La acción civil proviene de delito, sólo debe ejercitarse ante los tribunales civiles, en los casos que taxativamente enumera la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810984-91ce1408/accion-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Grijalva Santiago. 12 de enero de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ACCION CIVIL. (s/clave)
- ACCION CIVIL. (s/clave)
- ACCION CIVIL. (s/clave)
- SENTENCIAS CIVILES. (s/clave)
- ACCION CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (s/clave)
- INCIDENTE DE RESPONSABILIDAD CIVIL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis