MEDICOS.
Las disposiciones relativas al registro de títulos de médicos, han sido dictadas en beneficio de la sociedad, y, por tanto, no procede conceder contra ellas, la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811263-77f80af6/medicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Elcoro Teodoro. 12 de febrero de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Gustavo A. Vicencio y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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