FIADOR JUDICIAL.
No puede pedir la excusión del deudor principal y puede procederse directamente en contra suya.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811280-c58b1a17/fiador-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo mixto en revisión. Monroy Lucio. 2 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente
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