CONTRAFIANZA.
Es improcedente aceptarla, para dejar sin efecto el auto de suspensión, cuando, de ejecutarse el acto reclamado, quedaría sin materia el juicio de amparo. También es improcedente, cuando la ejecución del acto que se reclama, puede traer por consecuencia que la concesión del amparo perjudique a personas extrañas al juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811290-d38e69d7/contrafianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Concha Indalecio de la. 2 de agosto de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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