IMPUESTOS EN LOS ESTADOS.
Los gobiernos de los Estados tienen, incuestionablemente, el derecho de imponer contribuciones para el sostenimiento de los diversos ramos de su administración y de ejercitar la facultad económica coactiva, para hacer efectivo el pago de esos impuestos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811339-d32b003e/impuestos-en-los-estados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Bolio Manzanilla Adolfo y Gustavo. 3 de noviembre de 1919. Mayoría de ocho votos en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de seis votos, en cuanto al segundo punto resolutivo de la sentencia. Ausentes: Enrique Moreno y José M. Mena. Disidentes: Benito Flores, Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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