SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, TRATANDOSE DE LA GARANTIA DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL.
Sus efectos son que el quejoso quede a disposición del Juez de Distrito respectivo, quien debe dictar las medidas necesarias, con entero apego a las leyes, para el aseguramiento de aquél, a fin de que, en caso de ser negado el amparo, pueda quedar nuevamente a disposición de la autoridad que debe juzgarlo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811444-ef358aba/suspension-del-acto-reclamado-tratandose-de-la-garantia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. García Enrique. 5 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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