POSESION.
La reconocida por una autoridad administrativa, no puede ser arrebatada por ella sino mediante el juicio correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811485-90b2d7d1/posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Gallegos Teófilo. 19 de diciembre de 1917. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique García Parra y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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